¿Cómo puedo reclamar? ¿puedo interponer directamente demanda judicial?

Con la regulación de la Ley 35/2015 se debe presentar previa y obligatoriamente un procedimiento extrajudicial en reclamación de la indemnización, debiendo aportar todos los informes médicos y de los gatos que se han tenido, y cuantificar la indemnización.

La Compañía de Seguros tiene que efectuar a nuestra reclamación una OFERTA MOTIVADA.

Por lo tanto, no se puede acudir a la vía judicial sin acompañar los documentos que acrediten la reclamación y la oferta motivada de la Compañía.

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